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Cambios

De lugar o cambio del contador de energía eléctrica: Para la solicitud de este servicio el interesado se presentará en la Oficina Comercial de la localidad correspondiente con no menos de diez (10) días naturales de antelación a la necesidad del servicio.

En este término, la Empresa Eléctrica inspeccionará el lugar para determinar la posibilidad de ejecución del trabajo, informándole al cliente, a través de un "Aviso de la Empresa Eléctrica", los resultados de la inspección.

El cliente facilitará el siguiente documento:

  •  Recibo del mes en curso debidamente pagado.

Por el cambio de lugar del contador de energía eléctrica se cobra una tarifa fija de $ 6.00, la cual se paga en la Oficina Comercial cuando se solicita el servicio.

De Nombre del titular del servicio eléctrico: Consiste en el traspaso, a otra persona natural, de la titularidad del contrato ante los casos de cambio de propiedad de vivienda, divorcio, fallecimiento o ausencia definitiva del territorio nacional. Este servicio no tiene costo y para su solicitud el interesado se presentará en la Oficina Comercial de la localidad correspondiente.

 El cliente facilitará los siguientes documentos:

  • Carné de identidad.
  • Presentación del documento idóneo que acredite que el solicitante se encuentra en posesión legal del  inmueble. Se acepta cualquiera de los siguientes documentos:
  • Escritura de propiedad o título de propiedad de la vivienda.
  • Certificado de usufructo gratuito permanente.
  • Certificado de habitable expedido por la Dirección de Vivienda correspondiente.
  • Permiso para reparación del local o vivienda. Se proporcionará servicio eléctrico provisional tramitándose por servicio provisional para la construcción.
  • Resolución de traspaso o de reconocimiento de derechos dictados por el Ministerio de Justicia.
  • Resolución de permuta.
  • Contrato con el organismo propietario del inmueble otorgando el usufructo al solicitante del servicio.
  • Autorización para la construcción u ocupación de una vivienda expedida por el organismo competente en esa zona: ANAP, Poder Popular y Cooperativa.
  • Recibo del mes en curso debidamente pagado.

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