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Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social

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Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social

Dirección: Máximo Gómez # 95 alto entre Martí y Mario Muñoz. Colón. Matanzas

Teléfonos: 45312518 y 45316228

  • Graduados de técnico de nivel medio superior +

    Se presenta a la Dirección Municipal de Trabajo la carta de solicitud de liberación, del organismo, con la fundamentación correspondiente y la carta de aceptación del organismo a donde se está proponiendo trasladar al graduado. En el caso de los graduados de Técnico de Nivel Medio Superior que son asignados a los organismos de la Administración Central del Estado o sus entidades de subordinación nacional, solo puede emitir la carta de liberación el Delegado municipal del organismo, para los que cuenten con esa estructura, o el Director de la Empresa cuando no. En el caso de graduados que son asignados Leer más
  • Graduados de la Educación Superior +

    En el Anexo 2 de la Resolución 8 de 2013 del Ministerio de Trabajo y seguridad social, se establece el procedimiento para la tramitación de los cambios de ubicación laboral de los recién graduados de técnico medio y nivel superior y es necesario precisar los términos para dicho proceso: El trámite de cambio de ubicación laboral se solicita por el trabajador a partir de la fundamentación escrita de su necesidad de traslado a la entidad donde fue asignado con una carta de aceptación del organismo que lo solicita. Si la entidad no está de acuerdo en otorgar la liberación se Leer más
  • Graduados +

    Los principales trámites que se realizan en las direcciones de trabajo están relacionados con: Cambio de ubicación laboral de graduados en Servicio Social El cumplimiento del servicio social está establecido en la Ley 116/2015, Código de Trabajo y el Decreto 326 y el cambio de ubicación laboral en la resolución 8/2013 del Ministerio de trabajo y seguridad social. El servicio social consiste en el cumplimiento del deber de los graduados de cursos diurnos, que alcanzan los conocimientos en el nivel superior y técnico profesional de la educación, de ponerlos en función de la sociedad de conformidad con la planificación y Leer más
  • Trabajo por cuenta propia (TPCP) +

    Pueden ejercer el trabajo por cuenta propia los ciudadanos cubanos y extranjeros residentes permanentes en Cuba mayores de 17 años que cumplan los requisitos establecidos para ello en la ley, resoluciones 41 y 42 del 2013 (regulan las actividades aprobadas y el alcance de las mismas) y la 33 del 2014 (regula las actividades relacionadas con el arrendamiento de viviendas, locales y espacios) las tres aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Las licencias se tramitan en la Dirección de Trabajo en un término de cinco días de que se solicita a que se autoriza por el Director. Leer más
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